Saltillo|Monclova|Piedras Negras|Acuña|Carbonífera|TorreónEdición Impresa
MAESTROS QUE DEJAN HUELLA: Magdalena Jaime Cepeda; ‘La docencia permite detectar a los talentos’ Debutará hoy en Museo de las Aves la Orquesta Metropolitana de Saltillo; dará concierto a beneficio Tele Zócalo Matutino / 17 de mayo de 2024 Revoca juez la libertad de Víctor ‘N’ Exigen a Tupy pago justo de utilidades; abren diálogo obreros con empresa

Zócalo

|

Nacional

|

Información

< Nacional

| El 1 de mayo se considera un día de descanso para los trabajadores | Foto: Especial

Nacional

¿Te deben pagar DOBLE si trabajas el próximo 1 de mayo, Día del Trabajo? Esto dice la LFT

Por Grupo Zócalo

Publicado el martes, 30 de abril del 2024 a las 08:40


La LFT es la que indica qué días no se trabaja y las obligaciones de los empleadores para con los trabajadores.

Ciudad de México.- Una de las fechas más importantes para las personas que laboran es el próximo 1 de mayo ya que se celebra el Día del Trabajo pero ¿te deben pagar doble por acudir a tu lugar de empleo?

No olvides que solo lo días que se encuentran marcados por la Ley Federal del Trabajo serán los que se pagan y que algunas otras fechas que no sean oficiales no se podrán reclamar a las empresas.

Recuerda que ante cualquier circunstancia podrás consultarlo con el departamento de Recursos Humanos de la empresa donde te encuentres trabajando.

¿Se paga doble el 1 de mayo?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el 1 de mayo se considera un día en el que no se debe ir al lugar de empleo en diferentes tipos de empresas.

Es decir, debido a que no se trabaja este día, necesitas saber que si eres de los pocos que estarán laborando este 1 de mayo, tienes derecho a que se te pague doble por llevar a cabo tu jornada completa.

No olvides que tendrás que apegarte a los líneamientos de tu empresa sobre el pago doble de este día, por lo que debes estar muy atento a lo que se te pida.

En algunas empresas tendrás que llevar a cabo la jornada completa así como checar tu entrada y salida en tiempo y forma para que se te pague dicha fecha.

Días festivos de la Ley Federal del Trabajo

Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la LFT, siendo estos:

-El 1o. de enero;

-El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;

-El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;

-El 1o. de mayo;

-El 16 de septiembre

-El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;

-El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

-El 25 de diciembre, y

-El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Ahora ya sabes que si tendrás que ir a trabajar este 1 de mayo, te deben pagar doble por el Día del Trabajo.

Información por Milenio

Notas Relacionadas

Más sobre esta sección Más en Nacional

Hace 6 horas

INE pedirá apoyo a ONU Mujeres para combatir y erradicar violencia digital

Hace 6 horas

No me temblará la mano para meter orden en Pemex: Xóchitl

Hace 7 horas

Borrará INE señalamientos contra Xóchitl en segundo debate

Hace 8 horas

Ataque armado en Chiapas deja seis muertos, incluyendo a la candidata Lucero López Maza

Hace 9 horas

Sacerdote de Puebla pide a católicos votar por Xóchitl Gálvez

Hace 10 horas

Coahuila referente nacional en seguridad y competitividad

Hace 10 horas

Marea Rosa: Más de 95 ciudades y 170 organizaciones se preparan para la marcha #DefendamosLaRepública

Hace 10 horas

Comparte AMLO lista de libros recomendados en la mañanera; “con todo respeto a TikTok y a las redes”

Hace 12 horas

“Yo sé que va a ganar usted”: ‘Canelo’ Álvarez se reúne con Claudia Sheinbaum

Hace 12 horas

Luchará Jaime Bueno para que no haya niños sin escuela

Hace 13 horas

Fernández Noroña canta a la oposición “Se acabó” de Vikki Carr durante sesión del INE

Hace 13 horas

Por cuarto día consecutivo se mantiene alerta por contingencia ambiental en el Valle de México