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| Tribunal federal ordena reconocer como víctima indirecta a quienes denuncien maltrato animal. Foto: Cuartoscuro

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Tribunal federal ordena reconocer como víctima indirecta a quienes denuncien maltrato animal

  Por Proceso

Publicado el jueves, 6 de noviembre del 2025 a las 07:00


Al reconocer su calidad de victima indirecta del delito, podrá tener acceso a la carpeta de investigación y coadyuvar al ministerio público

Ciudad de México.- Un tribunal federal declaró que cuando una persona u organización presenta una denuncia por maltrato animal, debe ser reconocida como víctima indirecta del delito para que tenga acceso a la carpeta de investigación y pueda aportar pruebas al ministerio público.

El Segundo Tribunal Colegiado en materias Penal y Administrativa del estado de Chihuahua ordenó a un juzgado de Distrito conceder la suspensión provisional a una persona y una organización que, desde marzo del año 2024, denunciaron al refugio Ayudar por Ayudar por maltrato contra más de 200 perros.

Ello, para que el juzgado ordene a la Fiscalía de Chihuahua que reconozca como víctimas indirectas a los denunciantes y que puedan tener acceso a la carpeta de investigación, pedir copias certificadas y coadyuvar al ministerio público en las indagatorias.

“ Se debe conceder la medida cautelar solicitada para el efecto de que se le reconozca su calidad de victima indirecta del delito y, pueda intervenir en la carpeta de investigación con la finalidad consultar y, participar en la integración de la carpeta de investigación iniciada por su denuncia de hechos presentada el 12 –doce– de marzo del 2024 –dos mil veinticuatro–, ante la Agente del Ministerio Público adscrito a la Unidad de Delitos de Peligro y Contra la Fe Pública, en contra de la representante legal de la moral Ayudar por ayudar (…) por el delito de maltrato animal contemplado en el artículo 364 del Código Penal del Estado de Chihuahua, cometido contra más de 200 animales de la especie canina. Ello, con la finalidad de que se le respeten los derechos de audiencia, defensa y de protección de las víctimas dentro del procedimiento penal, que se encuentran previstos en los artículos 14 y 20, apartado C, de la Constitución General y, 109 del Código Nacional de Procedimientos Penales”, señala el fallo consultado por Proceso.

Aunque desde el año 2024 en redes sociales circularon imágenes del refugio Ayudar por Ayudar en el que más de 200 perros permanecían en condiciones de hacinamiento, el lugar sigue operando.

En marzo de este año, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecologia (SDUE) de Chihuahua realizó una verificación en el lugar en la que concluyó que 278 canes se encontraban en hacinamiento y sus condiciones variaban entre regulares a malas.

El caso fue denunciado en 2024 ante la Fiscalía de Chihuahua, pero más de un año después la investigación se estancó, razón por la que los denunciantes intentaron mediante un amparo presionar al ministerio público y que les fuera reconocida la calidad de víctimas indirectas del delito.

“ Hace un año y medio fueron denunciados ante la responsable agente del ministerio público hechos que son constitutivos del delito de maltrato animal y, que a la fecha esa autoridad responsable no solo no ha cumplido con su obligación constitucional de realizar todos los actos de investigación pertinentes para el esclarecimiento de los hechos que tendría como consecuencia salvaguardar la vida de esos animales”, señalaron los quejosos.

“ Se impide a esta parte quejosa representada por la suscrita denunciante en la carpeta de investigación ***, acceder a la carpeta de investigación, al ignorar sus solicitudes de actos de investigación, obstruyendo el acceso a la justicia de esta parte quejosa a quienes les asiste el carácter de víctimas por tratarse de un delito oficioso que menoscaba nuestro derecho fundamental a un medio ambiente sano”.

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