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Grupo Zócalo
Publicado el jueves, 25 de marzo del 2021 a las 23:27
Ciudad de México.- Cada año, los contribuyentes se hacen la misma pregunta: ¿debo yo presentar la declaración anual?Lo cierto es que no todos deben realizar ese reporte ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en estación correspondiente al año fiscal 2020, pero si es tu caso debes saberlo para evitar futuras multas por no pagar tus impuestos.
Aquí te explicamos quienes sí y quiénes no deben presentar este importante reporte.
Durante los meses de marzo y abril, según el tipo de contribuyente, es decir, si eres persona física o moral, debes realizar el reporte de tus ingresos y gastos del año pasado ante el SAT.
En ese caso, las personas físicas que están obligadas a presentar la declaración el próximo abril son las siguientes:
Las personas físicas que pertenecen al Régimen de Incorporación Fiscal y que: Obtuvo ingresos exclusivamente por salarios de un sólo patrón, siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso si dichos ingresos rebasaron los 400 mil pesos.
Haber obtenido ingresos por salarios y también haber obtenido intereses nominales que no hayan excedido de 20 mil pesos.
Las personas físicas tienen como fecha límite para entregar su declaración anual el último día del mes de abril.
Con información de Milenio.
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