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Modalidad 40 del IMSS podrían ser impugnadas ante tribunales por limitar el salario de cotización

  Por Grupo Zócalo

Publicado el jueves, 22 de octubre del 2026 a las 15:23


Especialistas advierten que el límite salarial impuesto por el IMSS podría generar controversias legales

Ciudad de México.- Las nuevas restricciones a la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) podrían ser impugnadas ante tribunales, debido a que el límite impuesto al salario de cotización podría entrar en conflicto con la Ley del Seguro Social.

Gerardo López Jiménez, experto en pensiones, titular de LEGSOLU Abogados Pensionarios y profesor de la Universidad Panamericana, explicó a El Sol de México que el acuerdo podría ser cuestionado por trabajadores que buscan incrementar su salario de cotización para mejorar su futura pensión.

La Modalidad 40, denominada Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite a quienes dejaron de cotizar ante el IMSS continuar realizando aportaciones para acumular semanas y mejorar su futura pensión.

Según cifras del instituto, al cierre de septiembre de 2026 había 259 mil 71 asegurados bajo este esquema, frente a 272 mil 919 al cierre de 2025.

El acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, publicado el 21 de octubre, establece que las nuevas incorporaciones podrán cotizar con el último salario registrado o con uno superior, pero únicamente hasta una Unidad de Medida y Actualización (UMA) adicional.

Anteriormente, los trabajadores podían elegir un salario mayor, sujeto al límite general de 25 UMA, para mejorar el promedio salarial utilizado en el cálculo de las pensiones bajo la Ley de 1973.

“El artículo 218 reconoce expresamente el derecho del trabajador a continuar cotizando con el último salario registrado o con uno superior. Por ello, resulta jurídicamente discutible que un acuerdo administrativo limite ese incremento a una sola UMA, sin una modificación legislativa que le proporcione fundamento suficiente”, señaló López Jiménez.

El conflicto radica en que la ley permite cotizar con un salario superior, mientras que el acuerdo administrativo limita cuánto puede incrementarse. Según el especialista, los trabajadores podrían acudir a tribunales para cuestionar si el IMSS tiene facultades para imponer esa restricción. Un juez tendría que determinar su legalidad.

Adrián Valero, cofundador de Júbilo, firma especializada en pensiones, reconoció que las disposiciones podrían impugnarse, aunque advirtió que un juicio no garantiza un resultado favorable.

“No sé si está violando o no una ley previa, lo cual podría impugnarse, podría entrar en un tema de juicio”, explicó a El Sol de México.

Valero consideró que las restricciones buscan corregir prácticas que han generado presiones sobre el sistema de pensiones, como elevar considerablemente el salario de cotización durante los últimos años de vida laboral.

¿Cuánto cambia el salario de cotización?

Por ejemplo, un trabajador cuyo último salario registrado fue de 500 pesos diarios podía optar anteriormente por cotizar con dos mil 500 pesos diarios, si cumplía los requisitos.

Con las nuevas disposiciones, solo podría elevarlo hasta aproximadamente 617 pesos diarios, considerando una UMA cercana a 117 pesos.

Esto no representa una reducción directa de su pensión, pero limita la posibilidad de aumentar el promedio salarial de las últimas 250 semanas, utilizado para calcular las pensiones bajo la Ley de 1973.

“Esto no significa que pierda su derecho a pensionarse, pero sí que podría recibir una pensión considerablemente inferior a la que habría podido obtener bajo las condiciones anteriores”, explicó López Jiménez.

El efecto dependerá también de la edad de retiro y las semanas cotizadas.

Incertidumbre para quienes ya están inscritos

El acuerdo establece que los actuales asegurados conservarán sus condiciones hasta concluir el periodo contratado. Sin embargo, López Jiménez advirtió que no aclara si ese plazo corresponde a cada mensualidad o a toda la vigencia de la inscripción.

“El simple hecho de que concluya una mensualidad no debería interpretarse automáticamente como la terminación de una inscripción que permanece legalmente vigente”, sostuvo.

A su juicio, podrían surgir controversias si el IMSS interpreta cada pago mensual como un nuevo periodo y pretende aplicar las restricciones a quienes ya estaban inscritos.

Valero explicó que los periodos de aportación varían según la estrategia de cada trabajador, pues algunos planean cotizar durante un año y otros hasta cinco.

También señaló que los cambios han generado preocupación entre sus clientes, incluidos quienes ya pagan la Modalidad 40 y quienes buscan recuperar sus derechos para pensionarse.

“El mayor miedo es: ¿y qué va a pasar con mi pensión?, ¿si me van a pagar?”

López Jiménez agregó que el artículo 220 de la Ley del Seguro Social contempla solicitar el reingreso dentro de los 12 meses posteriores a una baja por falta de pago de dos mensualidades consecutivas, por lo que pidió aclarar cómo se aplicarán las nuevas reglas.

El acuerdo también establece que las nuevas incorporaciones comenzarán desde la fecha de solicitud, sin efectos retroactivos, y contempla mecanismos digitales para realizar los trámites.

Las semanas cotizadas y los salarios previamente registrados conservarán su validez. Tampoco se establece una reducción de las pensiones que ya se pagan.

IMSS revisará el impacto financiero

El acuerdo otorga a la Dirección de Finanzas del IMSS seis meses para realizar un estudio financiero y actuarial. Posteriormente, la Dirección Jurídica tendrá hasta seis meses adicionales, desde la recepción del estudio, para proponer modificaciones normativas.

Estos plazos no implican que las condiciones de los actuales asegurados terminen automáticamente en seis meses.

López Jiménez recomendó mantener los pagos al corriente y conservar comprobantes, mientras que Valero aconsejó revisar las semanas cotizadas y buscar asesoría antes de modificar una estrategia de retiro.

“El principal reto será asegurar que las medidas adoptadas para proteger las finanzas del Seguro Social no vulneren los derechos que la ley reconoce a los asegurados”, concluyó López Jiménez.

El Sol de México

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